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 La oficina de Los Derechos Humanos del Condado de Pinellas

  Sección del Trabajo


Esta sección se compone de cinco áreas básicas:

 Seguridad en los derechos del ciudadano
 Discriminación
 Como empezar una queja de discriminación en el trabajo
 Mediación
 Investigación/Conciliación de un cargo de discriminación en el trabajo
 Entrenamiento de los empleados


Sec. 2.02. Seguridad en los derechos del ciudadano.

Para protejer protección al ciudadano del condado contra abusos a intrusiones, el condado usara sus poderes, cuando sean apropiados, para proveer decretos o buscar remedio civil o criminal a las siguientes acciones:

(e) Protección de los derechos humanos. El condado deberá establecer medidas conforme al estado y la ley federa!, para proteger los derechos humanos de la discriminación basados en religión, afiliación política, raza, color, edad, sexo o nacionalidad. Proponiendo y asegurando igualdad de derechos y oportunidades a todos los ciudadanos del condado de Pinellas.

ARTICULO II. DIVISIÓN DE DESCRIMINACION 1. GENERALIDADES Sec. 70-36. Territorio incluido. Todo el territorio dentro de los limites legales del condado de Pinellas, Florida, incluyendo todas las áreas incorporadas o no incorporadas, serán protegidas por las provisiones de este artículo.

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DISCRIMINACIÓN EN EL TRABAJO

La Oficina de Los Derechos Humanos del Condado de Pinellas aplica el Capítulo 70 del condado Código de Decretos, que prohibe la discriminación en el trabajo basado en raza, color, sexo, (incluyendo embarazo y acosamiento sexual), sexual orientation, nacionalidad, edad, estado civil,o incapacidad. Estos decretos abarcan todas las condiciones y duraciones del empleo incluyendo: reclutamiento, selección, promoción, traslado,pago, posicion,disciplina, despedida y privilegios. Estas leyes se aplican a todos los empleadores del Condado de Pinellas County con mas de 5 empleados, a organizaciones de trabajo y a empresas publicas y privadas. Cargos de discriminación que cubran empleadores com 15 o mas emplados basados en raza, color, religión, sexo, sexual orientation, nacionalidad, edad (mayor de 40 ), o incapacidad, deben ser presentados a la oficina Federal Comisión de Oportunidades de Iguadad de Empleo (EEOC).El Capítulo VII de los Derechos Civiles Act de 1964, rectifica que la ley federal prohibe la discriminación en base a raza, color, religión, sexo o nacionalidad. Titulo I del Acta Los Americanos Incapacitados del 1990 prohibe discriminación a base de la incapacidad. Para mas información en el EEOC y en las leyes federales que prohiben la discriminación en el trabajo, vea el www.EEOC.gov.

Personas que prevalecen en cargos de discriminación en el trabajo bajo estas leyes serán recompensadas y eliminado el problema de discriminación. Un individuo es protegido en el derecho de quejarse. Represalia contra una persona por el hecho de quejarse por discriminación, servir de testigo, o ayudar en una investigación de discrimincion es contra la ley.

Una queja debe ser presentada a la Oficina de Derechos Humanos del Condado de Pinellas dentro de los 180 dias de el Acta de discriminación. Una queja puede hacerse por escrito, telefonicamente, o visitando las oficina de Derechos Humanos del Condado de Pinellas.

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¿Como presentar una queja de discriminación?:

Únicamente discriminación basada en raza, color, religión, sexo, nacionalidad, estado civil, o incapacidad estan cubiertos bajo estas leyes. Si la queja es basada en otro tipo de discriminación o maltrato, la oficina de Derechos Humanos del Condado de Pinellas no tiene juridiccióh.

Provea su nombre completo, dirección, número de teléfono y donde puede ser llamado, y mantenga la oficina informada de cualquier cambio en esta información a medida que la investigación progresa. Presente toda la información posible respecto a todos los individuos envueltos en el Acta de discriminación, especialmente el nombre legal y correcto y las direcciones de las personas o empresas que han discriminado contra Ud. A la vez informenos si ha puesto esta queja con otra agencia.

A Ud le sera pedida una queja por escrito respecto al Acta de discriminación empezando con los seis meses anteriores del Acta de discriminación, a la vez presente documentación que pruebe la queja. Trate de proporcional nombres, direcciones, y números telefónicos o pruebas notarizadas de testigos en el caso de discriminación.

Para ponerse en contActa con PCOHR:

  • Teléfono - 727-464-4880 or 727-552-2590
  • Fax – 727-464-5298
  • TDD – 727-464-4062
  • Escriba/Visite – The Pinellas County Office of Human Rights
    400 South Fort Harrison Avenue, 5th FloorClearwater, Florida 33756

    or
    City Hall – St. Petersburg
    175 5th Street N. First Floor
    St. Petersburg, Fl 33701
  • correo electrónico– lpostell@pinellascounty.org or wperez@pinellascounty.org

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Mediación:
Para solucionar el problema rápidamente, el departamento ofrece un servicio de mediación. Si las dos partes están de acuerdo, se prepara una reunión con un mediador antes de la investigación.

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Investigación y conciliación en una queja por discriminación del empleo:
Un investigador es asignado para investigar los cargos. Después de la investigación, el investigador presentara recomendaciones si hay suficiente y justificada evidencia de que un Acta de discriminación ha ocurrido. Si la Oficina de Derechos Humanos del Condado de Pinellas encuentra que no hay suficiente evidencia para creer que la discriminación a ocurrido el caso sera cerrado. Si también la queja se ha presentado con la oficina de Oportunidades de Igualdad de Empleo, EEOC, una carta con derecho a demanda sera dirigida a la agencia lo cual le dará al demandador el derecho a presentar el caso a una corte federal.

Si la Oficina de Derechos Humanos del Condado de Pinellas County encuentra causa para creer que un Acta de discriminación ha ocurrido, dialogo de conciliación sera sugerido para llegar a un acuerdo satisfActario para las partes implicadas. Casos en que no halla reconciliación y que hallan apelado a la oficina de Oportunidades de Igualdad de Empleo,EEOC, serán enviados a esa agencia con la carta de derecho a demandar. Casos que son irreconciliables y que no han enviado la queja a la oficina de Oportunidades de Igualdad de Empleo, EEOC, serán enviados a un l Juez Administrativo. El Juez Administrativo establece el caso para una audiencia publica, y puede ordenar pagos por los problemas causados y pagos para cubrir los gastos de abogados.

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Entrenamiento de Empleados:
La Oficina de Derechos Humanos del Condado de Pinellas conduce entrenamientos para organizacions publicas y privadas si estas lo solicitan. En esos entrenamientos se informara sobre acoso sexual, diversidad, igualdad y oportunidades de trabajo. Para mas información respecto a programas de entrenamiento comuniqúese con las Oficina de Derechos Humanos del condado de Pinellas al (727) 464-4880, y pregunte por el coordinador de entrenamientos.

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